Construir en clave sostenible

Generando calidad arquitectónica desde la normativa. Por un diseño por y para las personas.

Generando calidad arquitectónica desde la normativa en Asturias

Por: Ester Roldán

Fundadora del estudio longo+roldán arquitectura

Desde 2022, existe en nuestro país una Ley de Calidad de la Arquitectura con disposiciones que buscan garantizar esa calidad teniendo en cuenta la dimensión cultural, económica, medioambiental y social de nuestra disciplina. Dos años después, el Observatorio 2030 del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y con el apoyo del Grupo Saint-Gobain, lanza la iniciativa “Construir en clave sostenible”, que “aspira a dar respuestas a algunos de los principales retos que afronta el sector en España”; y uno de esos retos es, sin duda, generar calidad arquitectónica desde la normativa.

Aunque parece evidente cuál es el marco legal y las directrices estatales, quienes nos dedicamos en nuestro ejercicio profesional a la redacción de proyectos de edificación en Asturias, nos encontramos con una enorme dificultad para generar en un lenguaje contemporáneo una arquitectura residencial de calidad adaptada a la especificidad del contexto de la región y en concreto, de las zonas no urbanas, una arquitectura que responda a nuestro clima y topografía, a nuestra cultura e historia, a nuestra economía y a nuestra sociedad; que cumpla la normativa tanto técnica como urbanística y que no nos obligue a pelear denodadamente con la Administración Pública cada vez que pretendemos obtener una licencia de obras.

 

Durante nuestros años de formación universitaria, aprendemos que todo proyecto debe responder a la famosa tríada establecida por Vitruvio en el s.I. a. de C. en su tratado De Architectura: Utilitas, Firmitas y Venustas, es decir, Utilidad, Firmeza y Belleza. Pero hay un cuarto parámetro importantísimo en la arquitectura, que quizás por un exceso de apología de la globalización, no siempre se ha tenido en cuenta en décadas pasadas: el SITIO, es decir, la IMPLANTACIÓN. Y directamente relacionado con este parámetro aparece un condicionante del que rara vez se nos habla en las Escuelas de Arquitectura: la legislación urbanística local.

Salvo en algunas áreas residenciales de baja densidad próximas a los centros de población urbana, la tipología de vivienda unifamiliar en Asturias se ubica en zonas denominadas por la normativa urbanística como Suelo No Urbanizable de Núcleo Rural, pero esa categorización no responde ya a las necesidades reales, presentes y futuras, del desarrollo territorial de la región. Porque el mundo rural lleva desde finales del s. XIX sufriendo un lento e inexorable abandono, motivado por la quiebra del funcionamiento histórico del sistema productivo agrícola y ganadero. Y a este abandono se ha ido sumando otro proceso: la progresiva traslación al suelo rústico de funciones urbanas por la desvinculación del lugar de residencia del de trabajo y la mejora de la red de comunicaciones viarias.

 

En la actualidad, cualquier proyecto de vivienda unifamiliar en un Núcleo Rural en Asturias tiene que justificar el cumplimiento de un conjunto de normativas tanto técnicas como urbanísticas a nivel estatal, autonómico y municipal. Cada municipio tiene su PGO Plan General de Ordenación o, en su defecto, Normas Subsidiarias, que delimitan esos núcleos y su crecimiento, así como los Usos Permitidos (vivienda, agropecuario, turístico, etc.) y las Condiciones Generales de la Edificación. Estas últimas no sólo regulan su volumetría, ocupación en planta o altura máxima, sino también sus Condiciones Estéticas, que esencialmente exigen que cualquier nueva construcción se adapte al diseño de la arquitectura tradicional anterior a 1940, obligando a proyectar cubiertas a dos aguas de teja cerámica curva, limitando el uso de determinados materiales y regulando incluso la composición y distribución de los huecos…


Entendiendo que el espíritu de esta normativa es preservar y poner en valor la arquitectura popular tradicional y evitar los desmanes cometidos en décadas anteriores, la realidad es que el resultado de su aplicación ha sido lamentable, porque no tiene sentido fosilizar e imitar las formas surgidas de unas funciones ya desaparecidas. Porque la arquitectura popular es vernácula: surge en cada lugar como respuesta a las necesidades de habitar, adoptando las soluciones y tipologías que mejor se adaptan al medio, y desarrollando sistemas constructivos de manera empírica, en una evolución endógena que se transmite de generación en generación.


Por el contrario, las Condiciones Estéticas de la Edificación que impone la normativa para los Núcleos Rurales en Asturias no fomentan, y a veces directamente impiden, una evolución de la tipología de vivienda unifamiliar hacia nuevos modelos que reflejen el modo de vida real de sus habitantes y se beneficie de los avances técnicos, integrándose con el entorno construido y preservando el natural. Y ese es el verdadero reto actual: generar desde el cumplimiento de la normativa arquitectura contemporánea, sostenible y respetuosa con la tradición y con el patrimonio, pero partiendo del conocimiento de sus principios, de su esencia, no de la imitación anecdótica de gestos formales y soluciones constructivas caducas. Porque la arquitectura debe tener una significación: no se trata sólo de delimitar un espacio en el que guarecerse, debe hablar también del tiempo y el lugar habitados, tener una dimensión cultural.

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